Por norma general, este género de embarcaciones ligeras propulsadas por turbinas no solamente se semejan físicamente a las motos habituales, sino asimismo se conducen de forma afín. De ahí que me pareció buena iniciativa tener un título aparte.
Sin embargo, si lo que haceréis es un tour en conjunto en jet guiado por monitores, no necesitaréis permiso (como máximo, les van a poder soliciar licencia B1 y contratación, como garantía que contamos algunas ideas sobre lo que significa conducir un vehículo). Este género de actividad en conjunto se piensa que se contrata para ponernos en contacto por vez primera con esta clase de automóviles y comprender si verdaderamente nos atrae deslizarnos por el mar en una motocicleta de agua.
¿Qué título deseo?
En este momento, un individuo que conduce una motocicleta de agua debe tener uno de estos títulos náuticos:
- Patrón de navegación básica: la concesión entrega embarcaciones de hasta 8 metros de eslora y conduzco hasta otro distancia. de la costa de cinco millas.
- Patrón de embarcación de recreo: acepta que embarcaciones de hasta 15 metros de eslora tienen la posibilidad de manejarse hasta 12 millas mar adentro.
- Patrón de yate: autorizado para conducir embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y una distancia máxima de la costa de 150 millas.
- Capitán de yate
- Licencia de navegación
Observaciones
- (tixag_jet ski) No conducir bajo los efectos del alcohol.
- Se aconseja entrenar este deporte en compañía, o reportar la hora y la ruta de navegación.
- Quitarse el chaleco salvavidas, únicamente, al bajarse de la motocicleta.
- No te separes de la motocicleta, no nades hacia la costa, contra viento y marea.
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Edad mínima
La edad mínima para conducir motocicletas de agua es de 16 años. Los menores tienen que tener el permiso de sus progenitores o tutores. De esta forma lo establece el Real Decreto 259/2002 sobre cuestiones de inseguridad de las motocicletas de agua.
En contraste a ciertas embarcaciones que no necesitan certificación del gobierno, las motocicletas de agua necesitan un título o licencia para conducir. En la actualidad, no hay licencias para motocicletas acuáticas. Para conducir motocicletas de agua tienes que tener alguno de estos títulos náuticos:
Géneros de licencias para pilotar motocicletas de agua
El pasado 1 de julio se aprobó una exclusiva normativa en temas de licencias para motocicletas de agua. Se eliminan los títulos concretos de Patrón Patrón A (para potencias superiores a 110 CV) y B (entre 55 y 110 CV de capacidad), y se agrupa todo en los 2 títulos de navegación mucho más comunes: la Licencia de Navegación y el Patrón Básico de Navegación.
Licencia de navegación: Esta licencia básica te deja pilotar embarcaciones a motor o candela de hasta 6m de eslora y motocicletas acuáticas sin límite de capacidad. Antes del 1 de julio se encontraba con limite a motocicletas de agua de 55CV. La restricción a la navegación continuó a lo largo del día ahora 2 millas náuticas de la costa.